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Wednesday
May262010

Avanza propuesta de eutanasia

El proyecto de ley que podría traer demandas contra los médicos que se nieguen a dejar morir a un paciente que desea descontinuar la alimentación artificial o cualquier otro tratamiento médico, continúa avanzando en la Cámara.

La medida fue aprobada por el Senado desde noviembre.

Abajo, la noticia subida a la página web de El Visitante hoy.

Adjunto el proyecto.

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Cámara evalúa proyecto de eutanasia aprobado en el Senado

Escrito por Vivian Maldonado Miranda
Martes, 25 de Mayo de 2010 13:13

 

La Cámara de Representantes celebró dos reuniones ejecutivas sobre el proyecto de ley que abriría las puertas a la eutanasia en Puerto Rico.

La medida, conocida como Proyecto del Senado 758, propone enmendar la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente, para establecer que: “Una persona mayor de edad competente puede preparar una declaración indicando que no se le administren o se le descontinúe cualquier procedimiento o tratamiento médico que se esté utilizando o que pueda utilizarse en el futuro en el tratamiento médico de dicha persona, aun cuando al continuar con dicho procedimiento o tratamiento médico se podría evitar o posponer el fallecimiento de la persona a causa del mal, enfermedad o lesión sufrida por ésta”.

Si la persona no puede firmar, dos testigos podrían certificar que se leyó frente al paciente y que está de acuerdo.

Como “Tratamiento o procedimiento médico”, define “cualquier acción tomada por un médico o proveedor de cuidado de salud diseñada para diagnosticar, evaluar o tratar un mal, enfermedad o lesión. Esto incluye, pero no se limita a: cirugía, drogas, transfusiones, ventilación médica, diálisis, resucitación, alimentación artificial, y cualquier otro acto médico diseñado para diagnóstico, evaluación o tratamiento”.

Así, si el médico en cuestión, por ejemplo, no le retira la alimentación artificial a un paciente cuando existan testigos que certifiquen que ésta es su voluntad, podría ser demandado. Esto, debido a que el artículo 11 establece que “La violación de dicha declaración de voluntad por parte de los médicos o instituciones de servicios de salud responsables del cuidado del declarante acarreará la correspondiente obligación de indemnizar en daños y perjuicios a las personas afectadas”.

Medida P S0758
Título Para crear la “Ley Sobre el Derecho a Rehusar Tratamiento”, que reconoce el derecho de toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, a declarar previamente su voluntad para rehusar tratamiento medico-quirúrgico, los requisitos de esta declaración, efectos, condiciones, y para otros fines.
Autor(es): Sen. Alejandro García Padilla


Trámite:  
5/11/2009 Radicado
5/11/2009 Referido a Comisión(es): Jurídico Civil (SENADO), de Salud (SENADO)
5/14/2009 Aparece en Primera Lectura del Senado
10/2/2009 1er Informe Conjunto Comisiones: Jurídico Civil (SENADO), de Salud (SENADO) rendido con enmiendas
11/12/2009 En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
11/12/2009 Aprobado con enmiendas del informe
11/12/2009 Aprobado por el Senado en Votación Final, 28-00-02-01
11/12/2009 Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
11/14/2009 Referido a Comisión(es): de lo Jurídico y de Etica (CAMARA), de Salud (CAMARA)
11/14/2009 Aparece en Primera Lectura de la Cámara
5/14/2010 Reunión Ejecutiva: 11:00 AM, Oficina de la Comisión, Comisión(es): de lo Jurídico y de Etica (CAMARA)
5/18/2010 Reunión Ejecutiva: 11:00 AM, Ofic. de la Comisión, Comisión(es): de Salud (CAMARA)